Preguntas frecuentes (FAQs) · VERI*FACTU / FACTUNET

Resumen práctico para usuarios. Revise siempre la normativa y docs oficiales antes de decidir.

Aviso: Estas respuestas reflejan criterios operativos y de uso. Para normativa oficial, consulte la página de VERI*FACTU de la AEAT.
¿Cuándo debo enviar la factura a HACIENDA? Veri*Factu(11.11.2025)

Respuesta corta: En el momento de su generación y puesta a disposición del cliente. Deberá activar el envío directo en su sistema. Hacienda sabe cuando generó el registro de factura VERI*FACTU en el SIF (no así de la pre-factura o proforma).

¿Y cuándo es eso? Esa respuesta la debe proporcionar el propio usuario (su organización). Nosotros no podemos fijar otro criterio distinto a lo que indica Hacienda. Si opta por el envio manual, tenga presente este punto.

¿Puedo modificar un albarán o datos de la factura después de enviarla a Hacienda? Edición(11.11.2025)

Texto: Sí, es posible ajustar datos de texto (descripciones, observaciones, etc.).

No se pueden cambiar tras el envío: Fecha, importes, fecha expedición, número, nombre y NIF del destinatario y, por supuesto, datos del emisor (NIF y nombre).

¿Se pueden enviar facturas alternando números (no consecutivas por número)? Series(11.11.2025)

Sí. El encadenamiento interno de las facturas en el sistema no depende de la numeración, sino del orden de envío. Por ejemplo, puede enviarse primero la 1, luego la 3 y después la 2.

¿Es obligatorio indicar el número de factura rectificada en las negativas? Rectificativas(11.11.2025)

No es obligatorio indicarlo, aunque es muy recomendable si realmente se trata de la rectificación de una factura ya presentada.

  • Estas facturas no sustituyen a otra presentada.
  • En FACTUNET, si se hace una rectificativa, se debe emitir la correcta después.
  • VERI*FACTU contempla un sistema de “sustitución de facturas”, pero FACTUNET no lo implementa por claridad hacia el usuario.
¿Deben ir en una serie especial las facturas negativas? Series(11.11.2025)

Sí. Aunque el sistema no devuelve error si se presentan en la misma serie, Hacienda podría considerarlo una conducta sancionable.